Mucho se ha hablado, dicho y escrito de la Asignatura "Educación para la Ciudadanía". Mucho se ha dicho, sobre si será "Educación para la Progresía", o será "totalmente imparcial", etcétera. Yo hasta hace poco, estaba "a favor" (o no frontalmente en contra) de la Asignatura. Digamos que me dije....vamos a dar un plus de confianza.

Eso me pasó, hasta que tuve contacto con cierta gente de la Asociación Cives, defensores de la Asignatura. Y, no por la defensa que hacían de la asignatura, sino por la crítica que hacían al que no estuviera de acuerdo con su obligatoriedad, dejó de gustarme el tema.

Al final la cosa era como sigue: "Si estás en contra de la Asignatura, o su Obligatoriedad, es que estás a favor de que a las mujeres las peguen en su casa, y que no se les dé la mano a los negros".

Total; este tipo de argumentación, me hizo convencerme de que si este es el tipo de valores que se va a enseñar (si no estás conmigo al 100%, entonces es que eres tal y tal y tal), no contarán con mi apoyo.

Pero en fín; trascendiendo el que me guste o no la Asignatura; un tema que me interesó, es el tema de si es constitucional o no, su obligatoriedad.

Así que me he cogido el Currículo Oficial de la Asignatura, y la Constitución Española...y he comparado. Y he comparado un par de epigrafes, del Currículo Oficial de EpC para ESO, y lo que dice nuestra Carta Magna:

CURRICULO OFICIAL DE EDUCACION PARA LA CIUDADANIA PARA ESO

"Espacios, en definitiva, en los que se practique la participación, la aceptación de la pluralidad y la valoración de la diversidad que ayuden a los alumnos y alumnas a construirse una conciencia moral y cívica acorde con las sociedades democráticas, plurales, complejas y cambiantes en las que vivimos."

ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

CURRICULO OFICIAL DE EDUCACION PARA LA CIUDADANIA PARA ESO

La Educación para la ciudadanía y los derechos humanos se plantea el conocimiento de la realidad desde el aprendizaje de lo social, centrándose la Educación ético-cívica en la reflexión ética que comienza en las relaciones afectivas con el entorno más próximo para contribuir, a través de los dilemas morales, a la construcción de una conciencia moral cívica.

ARTICULO 27 DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA

3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Entonces...Por un lado tenemos que los padres pueden darles a los hijos la Moral que quieran, Y QUE LOS PODERES PUBLICOS LO GARANTIZARAN. Y por otro, tenemos una asignatura, OBLIGATORIA, donde, según su Currículo Oficial, se da parte de Moral, a pesar de que es una prerrogativa de los Padres, la moral de los hijos.

Supongo que para alguno eso de que "ayuden a los alumnos y a las alumnas a constuirse una conciencia moral", choca con eso que dice la CE de que "Los poderes publicos garantizaran el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formacion religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".

En fín, veremos que dice el Tribunal Constitucional, que pare eso está...para decirnos si es Constitucional que esta asignatura, que dice en el Curriculo oficial, que sirve para "ayudar a que alumnos y alumnas se construyan una conciencia moral y civica" choca o no con que "los poderes publicos garantizan el derecho de los padres para que los hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones", y por tanto, si ha de haber objeción de conciencia o no.

Pero en fín; yo al menos no soy miembro del TC. Creo que ninguno de los que lee esto, tampoco lo es. Hay argumentos a favor, y en contra. Habrá que esperar y ver la Sentencia.

En cualquier caso, a mí no me huele a "Constitucionalidad indudable"...